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Actualización en la Regulación de Publicidad de Medicamentos Bajo Prescripción para Control de Peso

Introducción

En un movimiento relevante para el sector de la estética avanzada y la medicina estética, la Agencia de Normas de Publicidad (ASA, por sus siglas en inglés) ha difundido una actualización de la notificación de cumplimiento emitida por la Agencia Reguladora de Medicamentos y Productos Sanitarios (MHRA) y el Consejo General de Farmacéuticos (GPhC). Esta nueva directriz incide directamente sobre la prohibición de la publicidad dirigida al público general de medicamentos sujetos a prescripción médica (POMs), con especial énfasis en aquellos empleados para el control y la gestión del peso. Este artículo analiza en profundidad el alcance, la base legal, implicaciones técnicas y operativas de esta actualización para los profesionales y responsables de clínicas médico-estéticas y centros de estética avanzada en España.

Novedad o Tratamiento

La actualización normativa recalca que está terminantemente prohibido promocionar medicamentos de prescripción obligatoria, como la semaglutida (Ozempic® y Wegovy®), liraglutida (Saxenda®) o fentermina, entre otros, a través de canales dirigidos al público general. Esta restricción afecta especialmente a los tratamientos inyectables para la reducción del apetito y la pérdida de peso, cuya demanda ha crecido exponencialmente en los últimos años en clínicas y consultorios privados. La medida tiene como objetivo proteger al consumidor de la automedicación y garantizar que el acceso a estos medicamentos se realice exclusivamente bajo supervisión médica directa.

Características Técnicas

Los medicamentos objeto de la regulación, como los agonistas del receptor GLP-1 (por ejemplo, semaglutida y liraglutida), requieren prescripción facultativa y un protocolo de seguimiento estricto. Estos productos actúan modulando el apetito y la saciedad mediante mecanismos endocrinos, lo que puede resultar en una pérdida de peso clínicamente significativa cuando se combinan con cambios en el estilo de vida. Los protocolos aprobados por la AEMPS (Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios) incluyen la evaluación médica inicial, la prescripción individualizada, el control de parámetros y la monitorización de efectos adversos, siendo obligatorio el registro en la historia clínica del paciente.

Innovaciones respecto a modelos anteriores

En comparación con regulaciones previas, la actualización introduce una vigilancia reforzada sobre los mensajes promocionales en páginas web, redes sociales y materiales de marketing digital. Por primera vez, se advierte expresamente sobre la ilegalidad de mencionar, insinuar o promocionar directa o indirectamente el nombre comercial, principio activo o resultados de POMs en espacios abiertos al público, aunque no se realice una venta directa. La regulación también cubre la utilización de testimonios, imágenes de antes y después, hashtags y colaboraciones con influencers, extendiendo así el alcance del control publicitario más allá de los soportes tradicionales.

Evidencia y Estudios recientes

Diversos estudios han demostrado la eficacia de fármacos GLP-1 en la reducción de peso. Por ejemplo, la publicación de Wilding et al. en The New England Journal of Medicine (2021) documenta una pérdida de peso media del 14,9% en pacientes tratados con semaglutida frente al 2,4% en el grupo placebo, tras 68 semanas de seguimiento. Sin embargo, los autores subrayan la necesidad de supervisión médica por el perfil de seguridad y las posibles contraindicaciones. Esta evidencia científica refuerza la justificación de la restricción publicitaria, evitando la trivialización del uso de medicamentos complejos en contextos no controlados.

Ventajas y Limitaciones

La principal ventaja para el sector profesional reside en la protección de la praxis médica cualificada frente a la competencia desleal y la venta irresponsable en canales no autorizados. La normativa contribuye a reforzar la imagen de profesionalidad y seguridad de clínicas y centros autorizados. Como limitación, restringe las posibilidades de marketing directo para servicios asociados a la farmacoterapia del peso, obligando a los centros a enfocar la comunicación en el asesoramiento profesional, los programas integrales de salud o el acompañamiento multidisciplinar, sin mención de fármacos concretos.

Opinión de Expertos

Portavoces del sector, como la Sociedad Española de Medicina Estética (SEME), han valorado positivamente la actualización, señalando que “la protección del paciente debe primar sobre cualquier interés comercial” y que “la correcta información y prescripción médica es la única vía para garantizar resultados y minimizar riesgos”. Gerentes de clínicas de estética avanzada destacan la necesidad de formación y adaptación de los equipos de comunicación para cumplir escrupulosamente la nueva regulación y evitar sanciones administrativas.

Aplicaciones prácticas en centros y clínicas de estética y medicina estética

Los centros deben revisar de inmediato sus materiales promocionales, páginas web, redes sociales y campañas de e-mail marketing para eliminar cualquier referencia a POMs para el control del peso. El asesoramiento debe centrarse en la consulta médica personalizada, la valoración integral del paciente y la promoción de hábitos saludables, evitando imágenes, testimonios o mensajes que sugieran resultados farmacológicos concretos. El cumplimiento de la normativa debe ser supervisado por el responsable sanitario del centro y revisado periódicamente, especialmente en campañas digitales. En la práctica, la oferta de tratamientos de control de peso debe articularse en torno a programas combinados (nutrición, ejercicio, psicología) en los que, si procede, el médico valore la indicación de fármacos sin publicitar su uso.

Conclusiones

La actualización de la ASA, en consonancia con la MHRA y el GPhC, marca un hito en la regulación de la publicidad de medicamentos bajo prescripción médica en el campo del control de peso. Los profesionales y directivos del sector deben adaptar sus protocolos y estrategias de comunicación para cumplir con una normativa cada vez más estricta, priorizando la seguridad, la ética y la profesionalidad. Esta medida no solo protege al paciente, sino que posiciona al sector médico-estético como garante de la calidad y la excelencia en los tratamientos de pérdida de peso.

(Fuente: aestheticmed.co.uk)