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Cumplimiento normativo en la publicidad de tratamientos estéticos: claves para clínicas y centros profesionales

Introducción

El ámbito de la estética avanzada y la medicina estética ha experimentado un notable auge en los últimos años, impulsado por la aparición de nuevas tecnologías, el incremento de la demanda y el acceso a información por parte de los pacientes. Sin embargo, este crecimiento ha ido acompañado de una creciente regulación en materia de publicidad, con el objetivo de proteger al consumidor y garantizar la veracidad de la información divulgada. Para profesionales, responsables de marketing y gerentes de clínicas médico-estéticas y centros de estética avanzada, comprender el marco normativo vigente es fundamental para evitar sanciones, preservar la reputación profesional y asegurar la fidelización de los clientes.

Novedad o Tratamiento

En el contexto actual, el cumplimiento normativo en la publicidad de tratamientos estéticos abarca tanto la promoción de aparatología (láser, radiofrecuencia, HIFU, criolipólisis, etc.), como la comunicación sobre procedimientos médico-estéticos mínimamente invasivos (rellenos dérmicos, toxina botulínica, hilos tensores, etc.). La novedad no reside únicamente en la aparición de nuevas técnicas, sino en la actualización constante de las regulaciones, tanto a nivel de la Unión Europea como en el marco estatal español, que afectan directamente a la forma en que clínicas y centros pueden publicitar sus servicios en medios digitales, impresos y redes sociales.

Características Técnicas

Las normativas más relevantes que rigen la publicidad de los tratamientos estéticos en España son la Ley General de Publicidad (34/1988), la Ley de Competencia Desleal (3/1991), la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico (34/2002) y el Real Decreto 1907/1996 sobre publicidad y promoción de productos, actividades o servicios con pretendida finalidad sanitaria. Además, los tratamientos médico-estéticos están sujetos a la regulación de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) en lo que respecta a la promoción de productos sanitarios (equipos de láser, dispositivos de microagujas, etc.) y medicamentos (toxina botulínica, rellenos autorizados).

La ley exige que cualquier contenido publicitario sea veraz, identificable como tal, y no induzca a error al consumidor. Queda prohibido atribuir a los tratamientos propiedades que no puedan demostrarse objetivamente o que sugieran resultados garantizados y permanentes. La inclusión de testimonios de pacientes, imágenes de «antes y después» y el uso de denominaciones protegidas (como «medicina estética» para centros no autorizados) están sujetos a restricciones específicas.

Innovaciones respecto a modelos anteriores

En los últimos años, las autoridades han reforzado la vigilancia sobre la publicidad digital y en redes sociales. Por ejemplo, la AEMPS ha emitido circulares para recordar que la promoción de medicamentos sujetos a prescripción médica, como la toxina botulínica, está prohibida al público general. Las campañas deben centrarse en la información objetiva sobre la tecnología (ejemplo: equipos de láser de diodo de última generación como Soprano ICE Platinum de Alma Lasers) o sobre principios activos aprobados, evitando promesas de resultados milagrosos o plazos poco realistas.

Otra innovación normativa relevante es la exigencia de que la publicidad de tratamientos médico-estéticos sea realizada siempre bajo la supervisión de un profesional sanitario colegiado, y que se especifique claramente la titulación y el número de colegiado del responsable, especialmente en la promoción online.

Evidencia y Estudios recientes

Un estudio publicado en 2021 por la International Journal of Cosmetic Science (“Ethical advertising in cosmetic procedures: A systematic review”, IJCS, 2021) analiza el impacto de la regulación publicitaria en la percepción y confianza de los usuarios. El estudio concluyó que la transparencia y la evidencia científica en la comunicación aumentan la credibilidad de las clínicas, mientras que la publicidad engañosa incrementa la probabilidad de reclamaciones y deterioro de la imagen profesional.

Ventajas y Limitaciones

El cumplimiento normativo garantiza protección legal a los centros y refuerza la confianza del cliente. Permite diferenciarse de la competencia basada en prácticas publicitarias poco éticas y minimiza el riesgo de sanciones (que pueden oscilar entre 3.000 y 30.000 euros en casos graves). Sin embargo, limita la creatividad en campañas, obliga a revisar periódicamente los mensajes y requiere formación específica del equipo de marketing y atención al cliente.

Opinión de Expertos

Dra. María Esteban, médico estético y asesora legal del sector, señala: “La transparencia, la información basada en estudios clínicos y la correcta identificación del profesional a cargo son esenciales. Los mensajes ambiguos o que prometen resultados garantizados deben evitarse, ya que suponen un riesgo jurídico y reputacional”.

Aplicaciones prácticas en centros y clínicas de estética y medicina estética

Los centros deben revisar periódicamente todos sus materiales promocionales, tanto físicos como digitales, asegurando que se ajustan a los requisitos legales y deontológicos. Es recomendable contar con protocolos internos de aprobación de campañas, formación específica para el personal encargado de la comunicación y asesoría legal especializada. El uso de tecnologías líderes (CoolTech de Cocoon Medical en criolipólisis, Accent Prime de Alma Lasers en radiofrecuencia, etc.) debe ir acompañado de información objetiva sobre los estudios clínicos que avalan sus resultados y limitaciones, evitando extrapolar resultados individuales.

Conclusiones

El entorno regulatorio de la publicidad en el sector estético exige una actualización constante y un enfoque riguroso por parte de las clínicas y centros. La transparencia, el cumplimiento legal y la información basada en evidencia son claves para consolidar la reputación profesional y evitar sanciones. La colaboración entre equipos clínicos, de marketing y asesores legales se ha convertido en una práctica indispensable para un crecimiento sostenible y ético en el mercado de la estética avanzada.

(Fuente: aestheticmedicalpractitioner.com.au)