La ASA prohíbe anuncios de medicamentos para la pérdida de peso por uso irresponsable de la imagen corporal
Introducción
La Agencia de Normas de Publicidad del Reino Unido (Advertising Standards Agency, ASA) ha intensificado su control sobre la publicidad de medicamentos para la pérdida de peso en medios digitales y redes sociales. En una reciente decisión, la ASA ha prohibido tres anuncios por considerar que explotaban de manera irresponsable las inseguridades relacionadas con la imagen corporal, una práctica que preocupa cada vez más al sector profesional de la estética avanzada y la medicina estética. Este movimiento marca un precedente relevante para clínicas médico-estéticas, centros de estética y profesionales independientes en España, que deben adecuar sus estrategias de comunicación a normativas cada vez más estrictas y éticamente responsables.
Novedad o Tratamiento
La intervención de la ASA se centra en la promoción de medicamentos aprobados para el control del peso corporal, entre los que destacan principios activos como la semaglutida (comercializada como Wegovy® u Ozempic®), liraglutida (Saxenda®) y fentermina/topiramato (Qsymia®), todos ellos sujetos a prescripción médica y utilizados de manera creciente en clínicas de medicina estética bajo protocolos médicos supervisados. Los anuncios sancionados utilizaban imágenes y mensajes orientados a incidir en la insatisfacción corporal del público, una táctica que ya se encuentra bajo el escrutinio de las autoridades regulatorias europeas y españolas.
Características Técnicas
Los medicamentos mencionados actúan a través de diferentes mecanismos: la semaglutida y la liraglutida son agonistas del receptor GLP-1, que inducen saciedad y reducen la ingesta calórica, mientras que la combinación de fentermina y topiramato tiene un efecto anorexígeno y modulador del apetito. Estos fármacos, aprobados por la Agencia Europea de Medicamentos (EMA), requieren una prescripción médica específica, valoración clínica previa y seguimiento periódico en centros médico-estéticos autorizados.
La publicidad de estos tratamientos está regulada en España por la Ley 29/2006 de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, que prohíbe expresamente la promoción directa de medicamentos sujetos a prescripción al público general.
Innovaciones respecto a modelos anteriores
A diferencia de métodos tradicionales como la dieta hipocalórica supervisada, el ejercicio pautado o los tratamientos de aparatología (crioterapia, ultracavitación, radiofrecuencia corporal, etc.), los nuevos medicamentos inyectables proporcionan resultados significativos en la reducción ponderal en plazos más cortos y con mejor adherencia, según datos recientes. Sin embargo, la promoción de estos tratamientos ha evolucionado hacia canales digitales, donde la inmediatez y la segmentación del público suponen nuevos retos éticos y regulatorios.
Evidencia y Estudios recientes
Un estudio publicado en The New England Journal of Medicine en 2021 (Wilding JPH et al.) demostró que la semaglutida, administrada semanalmente, permite una reducción de hasta el 15% del peso corporal en adultos con obesidad, significativamente superior a los métodos tradicionales. No obstante, la prescripción y uso de estos fármacos requiere un control clínico estricto y una selección adecuada de pacientes, algo que la publicidad no siempre refleja con el rigor necesario.
Ventajas y Limitaciones
Entre las ventajas de estos medicamentos destaca su eficacia demostrada en ensayos clínicos y su capacidad para mejorar la adherencia al tratamiento en pacientes seleccionados. No obstante, presentan limitaciones importantes: posibilidad de efectos secundarios (náuseas, vómitos, alteraciones gastrointestinales), precio elevado (de 250 a 400 € mensuales en España para semaglutida), y la necesidad de un control médico continuado.
Desde el punto de vista ético y regulatorio, la promoción directa al consumidor final está prohibida y puede acarrear sanciones significativas para clínicas y centros que no cumplan la normativa vigente.
Opinión de Expertos
Varios expertos en medicina estética, como la Dra. Ana Revuelta (presidenta de la Sociedad Española de Medicina Estética, SEME), han advertido sobre la importancia de transmitir información veraz y equilibrada sobre estos medicamentos, evitando mensajes que puedan inducir a una visión distorsionada de la imagen corporal o fomentar expectativas poco realistas. La Dra. Revuelta subraya que “la ética profesional y la protección del paciente deben prevalecer siempre sobre cualquier estrategia de captación o marketing”.
Aplicaciones prácticas en centros y clínicas de estética y medicina estética
Para los profesionales y responsables de clínicas, la decisión de la ASA pone de manifiesto la necesidad de revisar los protocolos de comunicación y marketing, asegurando que toda la información ofrecida al público cumpla con la normativa española y europea, y priorice la salud y bienestar del paciente. Es recomendable:
– No publicitar medicamentos sujetos a prescripción en canales abiertos al público.
– Basar la comunicación en información objetiva, sin explotar inseguridades.
– Ofrecer alternativas basadas en aparatología y tratamientos no farmacológicos.
– Formar al personal en aspectos legales y éticos de la publicidad sanitaria.
Conclusiones
La intervención de la ASA refleja una tendencia global hacia la regulación más estricta de la publicidad de tratamientos médico-estéticos, especialmente aquellos vinculados a la pérdida de peso y la imagen corporal. Para el sector profesional en España, supone una oportunidad para reforzar los estándares éticos, mejorar la transparencia en la comunicación y diferenciarse a través de la excelencia clínica y el respeto a la normativa. El futuro del marketing en medicina estética pasa por la responsabilidad y el compromiso con la salud integral del paciente.
(Fuente: aestheticmed.co.uk)